Dan a conocer las condiciones de funcionamiento para las colonias de vacaciones

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La subsecretaría de Deporte de la Municipalidad de Neuquén, informó con motivo de iniciarse la temporada estival 2013-2014, y constatándose que en la ciudad se percibe un incremento de colonias de vacaciones, toda actividad privada o pública, con o sin fines de lucro, debe encuadrarse dentro de la reglamentación vigente de acuerdo a la Ordenanza 7973.

Asimismo, desde el área se recordó que para el normal funcionamiento deben solicitar allí la habilitación de dichas colonias acreditando:

A) identidad del titular, personería jurídica de la entidad organizadora, o del club (debe estar registrado y habilitado – Ordenanza 7752);
B) período durante el cual se desarrollará la actividad;
C) lugar, instalaciones y dimensiones del predio a utilizar con planos descriptivos;
D) titular del mismo, o en caso contrario contrato de uso o alquiler;
E) objetivos y actividades que desarrollarán;
F) cantidad de colonos y sus respectivas edades;
G) cantidad de personas que atenderá el servicio discriminado por funciones;
H) si incluye transporte, acreditar la habilitación del mismo;
I) habilitación de piletas y en caso de realizarse a orillas del río, deberá acreditarse la habilitación de balneario público;
J) contrato o precontrato de cobertura por accidente;
K) contrato o precontrato de cobertura de un servicio de emergencia médica;
L) documentación correspondiente al o los guardavidas (ord. 8937/2000);
M) el responsable técnico deberá ser licenciado o profesor de ed. Física y/o técnico nacional en recreación; y
N) contar con un botiquín de primeros auxilios correctamente equipado y servicio de enfermería en forma permanente a cargo de un enfermero/a profesional.

En este sentido, se recomienda a toda la población a recurrir a las colonias de vacaciones y natatorios que se encuentren registradas y habilitadas por el municipio.