Infraccionan a partido político por pintada en espacio público

Home / Secretaría de Gobierno y Coordinación / Infraccionan a partido político por pintada en espacio público
La Municipalidad labró actas de infracción al MPN por pintadas políticas en el bulevar de Avenida Argentina.
La Municipalidad labró actas de infracción al MPN por pintadas políticas en el bulevar de Avenida Argentina.

La Municipalidad de Neuquén infraccionó al Movimiento Popular Neuquino (MPN) por utilizar canteros y mobiliario urbano del bulevar de la Avenida Argentina para pintadas políticas de la lista Azul y Blanca. Las multas oscilan entre 20.000 a 40.000 pesos, y se enmarcan en la ordenanza 10009 que prescribe que “la propaganda política en la vía pública deberá canalizarse a través de los carteles, pantallas lumínicas, bastidores y todo otro emplazamiento ubicado en la vía pública con finalidad de publicidad, y que pertenezcan al dominio público municipal”.

El subsecretario de Fiscalización Externa, Gustavo Orlando, informó que el viernes y el sábado pasados se labraron dos actas contravencionales al partido provincial constatando pintadas con un fondo de color rosa, y el logo en negro del partido provincial y la leyenda “Pereyra + Laura Leiva” en canteros revestidos en piedra que habían sido remozados. Las contravenciones fueron remitidas al Tribunal Municipal de Faltas.

“Si no hay respuesta, las notificaciones serán comunicadas a través de cartas documento, primero al MPN y de no prosperar, al titular de la lista responsable de la contravención”, explicó Orlando.

La ordenanza 10009 determina que la sentencia condenatoria no sólo debe contener la sanción pecuniaria que varía de 20.000 a 40.000 pesos, sino también la obligación de restablecer en el plazo perentorio que se determine, las cosas y bienes afectados a su estado anterior y fijar las tareas que sean necesarias ejecutar a tales fines (remoción de material y limpieza, pintado de muros, etc.).

La ordenanza 10009 determina expresamente la prohibición de realizar pintadas políticas en espacios públicos de la ciudad.
La ordenanza 10009 determina expresamente la prohibición de realizar pintadas políticas en espacios públicos de la ciudad.

En su artículo primero, la norma prohibe expresamente la utilización de cualquier método destinado a la realización de publicidad político partidaria tales como: fijación, pintado, inscripción, utilización de aerosoles, pinturas sobre monumentos, edificios públicos, refugios en paradas de colectivos, columnas de señalización de paradas de colectivos, bancos, cestos de plazas, solados de acera, calles, cordones de veredas, columnas de alumbrado público de telefonía, carteles indicadores de calles, árboles, fuentes y todo otro elemento de equipamiento urbano.

Al respecto, el funcionario explicó que las pintadas políticas están permitidas en lugares determinados expresamente para tal fin, y para el caso de domicilios particulares, recordó que se debe contar con la autorización previa del propietario del paredón. “Otra cosa es ensuciar el espacio público deliberadamente”, sostuvo.

Indicó que “las pintadas se hicieron arriba de piedras dañando los canteros” que “habían sido embellecidos hace algún tiempo” en el bulevar para jerarquizar el espacio público.