
Registro Definitivo de Planos – Obras realizadas sin autorización Municipal.
Descripción
Los propietarios de las construcciones realizadas sin contar con Permiso de Edificación, deberán presentar los planos de las obras o mejoras introducidas, debiendo cumplimentar además con los requisitos previstos por la presente reglamentación.
Quién puede realizar el trámite?
El trámite deberá ser realizado por profesional habilitado (arquitecto, maestro mayor de obras, ingeniero).
Donde se realiza?
Los tramites se realizan en Dirección de Obras Particulares.
Domicilio Avda. Argentina y Roca –planta baja.
Teléfono: 0299 – 4491200 Interno 4186, 4187, 4188.
E.mail: obrasparticulares@muninqn.gov.ar registroplanos@muninqn.gov.ar verificacion@muninqn.gov.ar
Requisitos
a) Certificado 1- – Visado por la Dirección de Catastro sobre la correspondencia entre el plano y la mensura registrada , restricciones al
dominio y nº domiciliario.
b) Certificado 2- de Libre Deuda Municipal de las Tasas que recaen sobre la propiedad inmueble.
c) Constancia de acreditación fehaciente de habilitación profesional por parte del Consejo o Colegio Profesional.
d) Recepción en la Dirección de Obras Particulares, Formularios FRM02 y/o FRM03, de la Dirección Provincial de Catastro e Instructivo para su llenado por el profesional o técnico actuante. (Manual de Relevamiento de Mejoras- Disponible al final de esta página).
e)Formularios FRM02 y/o FRM03 completados por el profesional actuante, originales por triplicado y firmados con carácter de Declaración jurada,.
f) Memoria de inspección ocular firmada por el profesional responsable de la misma y conformada por el propietario, expresará la evaluación del estado de la construcción, la existencia o no de patologías, considerando además la antigüedad aproximada de la edificación, de acuerdo con la reglamentación CIRSOC y las modificaciones o normas que reemplacen a dicha reglamentación.
Cuando los informes técnicos a criterio y bajo responsabilidad del profesional interviniente sean negativos, se presentará el proyecto estructural de adecuación a las solicitaciones correspondientes.
g) Existiendo como mínimo una de las condiciones que se indican seguidamente, deberá presentarse una memoria en la que se demuestre la
estabilidad de la construcción a las cargas estáticas y dinámicas. Esta contendrá verificación de de trabajo del slosas, vigas, columnas, bases y otros elementos estructurales, suelo de acuerdo con la reglamentación CIRSOC y las modificaciones o normas que reemplacen a dicha reglamentación.
- Construcciones de uso público o colectivo. No se considera entre estas a la vivienda multifamiliar.
- Construcciones de tres o más niveles, computándose la planta baja y sótano si hubiere.
- Usos o instalaciones consideradas peligrosas a juicio de la Dirección de Obras Particulares.
- Reglamento de copropiedad para el caso de unidades funcionales aprobadas por el régimen de Propiedad Horizontal.
h) Memoria de seguridad contra incendio, firmada por profesional habilitado, en edificios de uso colectivo público o privado, intervenida por el Consejo o Colegio Profesional como acreditación fehaciente de habilitación profesional, quedando a criterio de la Autoridad de Aplicación requerir la intervención de la Dirección Provincial de Bomberos, excepto en lo relativo al servicio de extinción y a aprobación de soluciones alternativas, según lo dispone la ordenanza 6485 punto 3.10.8. Intervención de la Dirección Bomberos de la Provincia del Neuquén.
i) Plano de arquitectura
- Planilla de balance
- Silueta de superficie
- Planilla de iluminación y ventilación
- Planos de conjunto 1:250 ó 1:500
- Planta general- escala 1:100
- Cortes- escala 1:100
- Fachada- escala 1:100
- Planta de techos- escala 1:100
i) Escritura de fundo sirviente para estacionamiento, para proyectos que se ajustan a la ordenanza respectiva.
j) Para construcciones industrializadas o semi industrializadas se presentará el certificado de aptitud técnica, extendido por la Secretaría de Vivienda de la Nación (Ordenanza Nº 10299).
Cómo se realiza?
Curso del trámite:
Abonada la Tasa correspondiente y conformado el trámite en la Dirección de Catastro, la documentación completa podrá ser ingresada en la Dirección de Obras Particulares de acuerdo a los requisitos indicados.
Todos los planos se presentarán con carátula municipal reglamentaria, firmados por el propietario y el/ los profesional/ les actuantes.
En el supuesto que la documentación presentada haya sido observada, los responsables tendrán un plazo máximo de sesenta (60) días de notificado, para completarla y subsanarla; vencido dicho plazo, se dispondrá la baja del expediente iniciado.
Se podrán presentar la cantidad de copias iguales que el interesado requiera retirara registrados, quedando archivado un juego completo.
No se entregará la documentación registrada hasta tanto se presente el certificado de Libre deuda, para el caso que la deuda no haya sido cancelada, el profesional podrá requerir un certificado de tarea profesional concluida.
Costo del trámite
Vigencia
En el supuesto que la documentación presentada haya sido observada, los responsables tendrán un plazo máximo de 60 días de notificados, para completarla y subsanarla. Vencido dicho plazo, se dispondrá la baja del expediente inicial.
Formularios disponibles
Notas
Generalidades
- No se admitirá en la documentación a presentarse más leyendas, sellos o impresiones que los ilustrativos, que el destino de la obra, no más nombres y firmas que la del profesional que ha proyectado el trabajo, la del que lo dirige, la del propietario y la del constructor o empresa que intervienen en la ejecución del mismo
- Colores: las partes que deben quedar subsistentes en negro, si existen superficies registradas en rayado oblicuo negro, las nuevas a ejecutar en color rojo y las que deban demolerse en amarillo.
- Leyendas: las letras serán tipo imprenta, las mayúsculas de 6 mm de altura, las minúsculas de 3 mm, los números de 3 mm de altura.
- Idioma nacional y sistema métrico decimal, todos los documentos serán escritos en idioma nacional, salvo tecnicismo sin traducción; asimismo es obligación el uso del sistema métrico decimal para la consignación de medidas, longitud, áreas, volúmenes y fuerza.
- Firmas: todos los planos se presentarán firmados por el propietario, proyectista, calculista y demás profesionales actuantes.
- Tamaño y plegado de los planos:
Formato mínimo: 37 cm. ancho, alto 29.7 cm.
Formato máximo: ancho 111 cm., alto 89.1 cm.
En el extremo izquierdo de la lámina se dejará una pestaña de 4 cm. x 29.7
- para encarpetar el expediente.-
Sea cual fuere el formato de la lámina una vez plegada deberá tener, sin incluir la pestaña, la medida de la carátula que deberá quedar siempre al frente de la lámina.
- Carátula: La carátula se ubicará en el ángulo inferior de la lámina, con el formato 18.5 cm. x 29.7 cm y se ejecutará de acuerdo al modelo conteniendo los datos allí indicados.
- Certificado 1- (FR-02-001-02)- Corresponde al Certificado de Deslinde y Amojonamiento y que certifica la Dirección de Catastro.
- Certificado 2- (FR-02-001-03). Corresponde al Certificado de Libre Deuda Municipal de las Tasas que recaen sobre la Propiedad Inmueble.
- Planilla de balance (DR-02-001-14)- según modelo Decreto Nº 1499/06 (Boletín Oficial Nº 1599/06).
- Planilla de iluminación y ventilación (DR 02-001-14)- Decreto Nº 1499/06 (Boletín Oficial Nº 1599/06).
- Glosario
GENERALIDADES:
La carátula se ejecutará de acuerdo al modelo conteniendo los datos allí indicados (FR-02-001-15)